Reglamentación Legal

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Uso racional de medicamentos

La Organización Mundial de la Salud (OMS) en 1985 define que hay Uso Racional de los Medicamentos (URM) “cuando los pacientes reciben la medicación adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis correspondientes a sus requisitos individuales, durante un período de tiempo adecuado y al menor costo posible para ellos y para la comunidad”.

“El Uso Racional de los Medicamentos (URM) es un proceso que comprende la prescripción apropiada de los medicamentos, la disponibilidad oportuna de medicamentos eficaces, seguros y de calidad comprobada, a la mejor relación costo-beneficio, en condiciones de conservación, almacenamiento, dispensación y administración adecuadas.”

El URM promueve la calidad en el cuidado de la salud, asegurando que usemos los medicamentos sólo cuando sean requeridos y que comprendamos claramente el motivo de su uso y la forma correcta de utilizarlos en las dosis, intervalos y períodos de tiempo indicados por el profesional de la salud.
Fuente: “Uso Racional de Medicamentos: Una Tarea de Todos”. Minsal 2010.

 

Material para difusión de Uso Racional de Medicamentos:

Medicamentos Registrados por Minsal

Revisa los medicamentos registrados por el Minsal aquí

 

No se auto medique

Consulte a su Médico o farmacéutico sobre uso de medicamentos, no se auto medique, puede tener un grave riesgo para su salud. Esa conducta tiene riesgos que pueden ser muy peligrosos, como: presentar una reacción adversa, el tratamiento sea ineficaz para su dolencia; enmascarar u ocultar la enfermedad que verdaderamente padece o empeorar su estado de salud.

Consulte a su Médico o farmacéutico sobre uso de medicamentos, no se auto medique, puede tener un grave riesgo para su salud. Esa conducta tiene riesgos que pueden ser muy peligrosos, como: presentar una reacción adversa, el tratamiento sea ineficaz para su dolencia; enmascarar u ocultar la enfermedad que verdaderamente padece o empeorar su estado de salud.

 

CITUC

Para obtener mayor información toxicológica llamar al CITUC al + 56 22 635800

Decreto 466

Ministerio de Salud aprueba reglamento de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines y depósitos autorizados

Decreto 3

Ministerio de Salud; subsecretaría de salud pública aprueba reglamento del sistema nacional de control de los productos farmacéuticos de uso humano

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